lunes, 5 de septiembre de 2011

MULTAS TRABAJO EN NEGRO

A partir del corriente mes, se verán automáticamente incrementadas las multas que deberán afrontar las empresas que tienen empleados en negro o mal registrados, lo cual se debe al incremento a $1.434 del haber mínimo jubilatorios.

Cabe remarcar que de acuerdo a la normativa vigente, ante “el incumplimiento de la obligación de registrar debidamente el alta y/o baja respecto de cada trabajador detectado en infracción”,  corresponde la aplicación de una multa equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP).

En base a ello, y como consecuencia de la actualización jubilatoria, la multa se elevará a partir de este mes a la suma de 4.989 pesos.

En el caso de la “falta de registración o ausencia de los registros requeridos respecto de cada trabajador detectado en infracción”, se debe aplicar una multa equivalente a 5 veces el monto de la base imponible mínima prevista, por lo que dicho monto pasará a ser 2.494 pesos.

Por último, la normativa también prevé el cobro de una multa equivalente a tres veces el monto de la base imponible mínima en el caso de la declaración “formalmente errónea de los datos identificatorios respecto de cada trabajador detectado en infracción en la declaración jurada determinativa presentada”, por lo que dicha multa pasará a ser de $ 1.496 a partir de este mes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario