NUEVAS PAUTAS REGIMEN SERVICIO DOMESTICO
•en el caso de empleadas con cama o por hora la jornada de trabajo no podrá exceder las ocho horas diarias o 48 semanales (puede establecerse una distribución semanal desigual, pero que nunca supere las nueve horas diarias de trabajo);
•fija vacaciones de entre 14 y 35 días corridos, según la antigüedad;
•incorpora una licencia paga por enfermedad (de entre tres y seis meses, cuando la antigüedad sea mayor a 5 años) y licencias especiales (por nacimiento de hijo, matrimonio, fallecimiento del cónyuge, de hijos, de padres o de hermano o por rendir examen).
•Además, contempla una licencia por embarazo paga por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), incrementa la indemnización por despido de medio sueldo a uno entero por año trabajado y exige la contratación de una ART por parte del empleador.
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