jueves, 19 de abril de 2012

DESPIDO - INFORMACION DE LA EMPRESA

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó una medida precautoria solicitada con el fin de que un trabajador despedido divulgue información confidencial de la empresa con fundamento en el artículo 1 de la ley 24.766, al considerar que no surgía de manera cabal el carácter reservado o secreto de la aducida información.

En los autos caratulados "AC Nielsen Company LLC c/ F. M. G. s/ medida cautelar", la parte actora apeló la resolución del juez de primera instancia que desestimó la medida cautelar solicitada con el fin de que un trabajador despedido divulgue información que la empresa considera confidencial con fundamento en el artículo 1 de la ley 24.766.

Cabe remarcar que con el fin de acreditar sus dichos, la demandada había acompañado copia del correo electrónico enviada por el demandado desde su casilla personal, en la que supuestamente contenía mensajes falsos y altamente injuriosos respecto de quienes fueran sus superiores en la compañía.

Los jueces de la Sala IV entendieron que los elementos acompañados no resutaban suficientes, debido a que “la normativa que fundamenta el pedido alude a "conductas ilícitas" y de la prueba referida surge que se trata de críticas, "reproches que hasta podríamos considerar "despechos" que conciernen a los avatares del contrato de trabajo y que, más allá de su veracidad o de su encuadre como injuria o calumnia, no parecería incluídos, de una manera clara, en la previsión normativa que se invoca”.

En tal sentido, los camaristas consideraron en la sentencia del 29 de febrero de 2012, que a pesar de que había sido adjutnada una suerte de planilla con cifras, sólo se trataba de apreciaciones subjetivas adjetivadas, remarcando que “no surge de una manera cabal el carácter tan reservado o secreto de la aducida información”.

Tras explicar que “las medidas cautelares que tienen por objeto conjurar una conducta de una persona física en relación con el ejercicio de sus libertades y derechos deben ser interpretadas con carácter restrictivo, en especial cuando implican un mandato de abstención genérico”, los jueces decidieron confirmar el decisorio apelado y desestimar la medida cautelar peticionada.

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