La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó una medida
precautoria solicitada con el fin de que un trabajador despedido
divulgue información confidencial de la empresa con fundamento en el
artículo 1 de la ley 24.766, al considerar que no surgía de manera cabal
el carácter reservado o secreto de la aducida información.
En los autos caratulados "AC Nielsen Company LLC c/ F. M. G. s/ medida cautelar", la
parte actora apeló la resolución del juez de primera instancia que
desestimó la medida cautelar solicitada con el fin de que un trabajador
despedido divulgue información que la empresa considera confidencial con
fundamento en el artículo 1 de la ley 24.766.
Cabe remarcar que con el fin de acreditar sus dichos, la demandada
había acompañado copia del correo electrónico enviada por el demandado
desde su casilla personal, en la que supuestamente contenía mensajes
falsos y altamente injuriosos respecto de quienes fueran sus superiores
en la compañía.
Los jueces de la Sala IV entendieron que los elementos acompañados
no resutaban suficientes, debido a que “la normativa que fundamenta el
pedido alude a "conductas ilícitas" y de la prueba referida surge que se
trata de críticas, "reproches que hasta podríamos considerar
"despechos" que conciernen a los avatares del contrato de trabajo y que,
más allá de su veracidad o de su encuadre como injuria o calumnia, no
parecería incluídos, de una manera clara, en la previsión normativa que
se invoca”.
En tal sentido, los camaristas consideraron en la sentencia del 29
de febrero de 2012, que a pesar de que había sido adjutnada una suerte
de planilla con cifras, sólo se trataba de apreciaciones subjetivas
adjetivadas, remarcando que “no surge de una manera cabal el carácter
tan reservado o secreto de la aducida información”.
Tras explicar que “las medidas cautelares que tienen por objeto
conjurar una conducta de una persona física en relación con el ejercicio
de sus libertades y derechos deben ser interpretadas con carácter
restrictivo, en especial cuando implican un mandato de abstención
genérico”, los jueces decidieron confirmar el decisorio apelado y
desestimar la medida cautelar peticionada.
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