lunes, 4 de abril de 2011

ELEVACION MONTOS INDEMNIZATORIOS POR DESPIDOS

Con el fin de incrementar las indemnizaciones en los casos de despido sin justa causa dispuesto por el empleador o de despido indirecto, en la Cámara de Diputados fue presentado un proyecto de ley que busca elevar el tope salarial para realizar el cálculo establecido en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo y la base de cálculo de la indemnización por despido.




La iniciativa presentada por el diputado oficialista Edgardo Llanos pretende convertir en ley el criterio establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Vizotti c/ AMSA s/despido”, en la que el Máximo Tribunal determinó la inconstitucionalidad del tope establecido en el artículo 245, al considerar en dicho caso, que resultaba confiscatorio debido a la gran diferencia entre el tope de convenio y lo que realmente ganaba el empleado.



El proyecto pretende que el artículo 245 de la ley 20.744 establece que “en los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo mediado o no preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor”.



A su vez, el artículo establecería que “dicha base no podrá exceder el equivalente de cinco veces el importe mensual del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador, al momento del despido, por la jornada legal o convencional, excluida la antigüedad. Al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social le corresponderá fijar y publicar el promedio resultante, juntamente con las escalas de cada Convenio Colectivo de Trabajo”.

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